Empresarios de la ZAS (Zona Acústicamente Saturada) de Benicàssim están denunciando a través de las redes sociales que ya no se les permite la realización de actuaciones musicales en el interior de sus locales.
Hasta el momento, estos establecimientos venían ofreciendo música en vivo y se estaban acogiendo, como el resto de negocios del municipio, a las seis actuaciones al año que autoriza la Generalitat, tras la modificación de la ley de Espectáculos que limita el número de actividades con la finalidad de que estos no supongan una competencia desleal para los café teatros.
Aunque en el caso de Benicàssim no hay bares con este tipo de licencia, pues alguno que estaría interesado en solicitarla, como es el Corb, no puede tampoco precisamente por este motivo, al encontrarse ubicado en la ZAS. Este local no puede realizar actuaciones en su interior desde que le fue denegado el primer permiso que solicitó después del verano. Y ya únicamente las realiza en la vía pública a la hora del vermut, acogiéndose a las permitidas por el Ayuntamiento y que recientemente también fueron reguladas.
En el caso de otro local de la ZAS, el pub Magic, su propietario lamentó a través de las redes no haber podido realizar su habitual actuación de Ojana al haberle sido denegado también el permiso cuando ésta era la actuación número seis de las seis permitidas, según afirmó.
Para estos locales la música en vivo supone un gran aliciente y que llevan ofreciendo a sus clientes desde hace muchos años, como estrategia para atraer público durante todos los meses, pues ambos locales permanecen abiertos durante todo el año.
Sí pueden hacer dos actuaciones al mes en la vía pública y un máximo de 32 al año
Aparte de la regulación de la Generalitat de las actuaciones en el interior de los locales, que permite a los locales de fuera de la ZAS la realización de hasta seis actuaciones al año, los bares tienen autorización del Ayuntamiento para realizar dos conciertos al mes en la vía pública y hasta un máximo de 32 al año, incluyendo también las sesiones extraordinarias durante la celebración de fiestas o festivales. Cada vez son más los locales que se están beneficiando de esta alternativa, trasladando la música a la calle para atraer una mayor cantidad de personas a sus locales. Las actuaciones pueden celebrarse en tres horarios a elegir, por la mañana, con el aperitivo (de 12.30 a 14.30); de tarde (de 16.00 a 19.00 en periodo no estival y de 19.00 a 21.00 horas de junio a septiembre); o nocturnos, de 22.00 a 01.00 de la madrugada.