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El concejal de actividades y urbanismo, Carlos Díaz, ha informado del inicio del procedimiento de consulta pública sobre el texto de la nueva Ordenanza de Actividades Municipal. Díaz ha señalado que “esta es la primera ocasión en la que se activa el nuevo sistema de consulta popular sobre la reglamentación municipal. Eso significa que la ordenanza va a tener un mayor consenso y pluralidad, ya que antes incluso de iniciar los trámites aprobatorios, los ciudadanos y entidades socioeconómicas, ya van a poder impulsar sus propuestas para estudiar si se pueden incluir en el texto”.
La nueva ordenanza municipal sobre actividades regula la apertura de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. Reglamenta también la apertura de actividades comerciales minoristas y de prestación de determinados servicios previstos en el anexo de la Ley 12/2012 de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, realizados a través de establecimientos permanentes, cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 750 metros cuadrados. Y también regula la apertura de actividades sometidas a instrumentos de intervención administrativa ambiental.
El texto de la ordenanza cuenta con un total de 42 artículos en los que se regulan todas las fórmulas para obtener las licencias ambientales, de compatibilidad, declaraciones responsables, certificados; fórmulas de inspección posibles y necesarias; condicionantes técnicos, de salubridad, de seguridad, de recogida y gestión de residuos, entre otros, con que debe contar cualquier actividad que desee abrirse o implantarse en Benicàssim.
Díaz ha recordado que “esta ordenanza viene a actualizar la existente que tenía más de diez años y que se había quedado obsoleta a pesar de haberse enmendado en varias ocasiones. Ahora, el texto se adecua perfectamente a las leyes superiores, autonómica y estatal sobre la materia y recoge las distintas indicaciones regulatorias sobre la ambientación musical de la ley de espectáculos por la que se rige ahora nuestra Comunitat”.
Este periodo de audiencia e información pública tiene como objetivo el poder realizar aportaciones adicionales y recabar la opinión por parte de los ciudadanos, así como por parte de diferentes entidades y asociaciones a las que les pudiera afectar la ordenanza, poniéndose a su disposición la documentación necesaria y toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia.
El plazo exposición para la aportación de opiniones es de 20 días hábiles que comprenden desde el día 27 de abril de 2017 hasta el día 25 de mayo de 2017, ambos inclusives. El texto íntegro de la ordenanza se puede consultar en la web benicassim.es y las aportaciones se pueden hacer llegar al ayuntamiento, bien por registro de entrada, de manera presencial o bien a través de la siguiente dirección de correo electrónico ordenanzaactividades@benicassim.org.